RELACIÓN DE LAS SEPULTURAS DE LAS QUE SE HAN SUPRIMIDO LOS SIGNOS MASÓNICOS Y MARXISTAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE ALICANTE.
Decreto
Ley sobre Cementerios, de 20 de diciembre de 1938, en el Boletín Oficial del
Estado, núm. 173. p. 3040, se público el Decreto Ley sobre Cementerios, así
rezaba la ley, en su artículo sexto:
En el término de dos meses, a contar
de la vigencia de esta Ley, los dueños, administradores, o encargados de
panteones, sepulturas, nichos y cualquiera clase de monumentos funerarios,
inscripciones y símbolos de sectas masónicas y cualesquiera otros que de algún
modo sean hostiles u ofensivos a la Religión Católica o a la moral cristiana.
Si no lo hicieran, lo hará la entidad a quien compete la administración del
Cementerio respectivo, que se resarcirá de los gastos reclamando su importe a
los obligados.
En el siguiente enlace se puede ver el
decreto completo:
En la ley de 9 de
febrero de 1939 de Responsabilidades Políticas CAPÍTULO I. Declaraciones
generales
Artículo 1º. Se
declara la responsabilidad política de las personas, tanto jurídicas como
físicas, que desde primero de octubre de mil novecientos treinta y cuatro y
antes de dieciocho de julio de mil novecientos treinta y seis, contribuyeron a
crear o a agravar la subversión de todo orden de que se hizo víctima a España y
de aquellas otras que, a partir de la segunda de dichas fechas, se hayan
opuesto o se opongan al Movimiento Nacional con actos concretos o con pasividad
grave.
Artículo 2º. Como
consecuencia de la anterior declaración y ratificándose lo dispuesto en el
artículo 1º del Decreto número ciento ocho, de fecha trece de septiembre de mil
novecientos treinta y seis, quedan fuera de la Ley todos los partidos y
agrupaciones políticas y sociales que, desde la convocatoria de las elecciones
celebradas en dieciséis de febrero de mil novecientos treinta y seis, han
integrado el llamado Frente Popular, así como los partidos y agrupaciones
aliados y adheridos a éste por el solo hecho de serlo, las organizaciones
separatistas y todas aquellas que se hayan opuesto al triunfo del Movimiento
Nacional.
Se entenderán
comprendidos en esta sanción los siguientes partidos y agrupaciones: Acción
Republicana, Izquierda Republicana, Unión Republicana, Partido Federal,
Confederación Nacional del Trabajo, Unión General de Trabajadores, Partido
Socialista Obrero, Partido Comunista, Partido Sindicalista, Sindicalista de
Pestaña, Federación Anarquista Ibérica, Partido Nacionalista Vasco, Acción
Nacionalista Vasca, Solidaridad de Obreros Vascos, Esquerra Catalana, Partido
Galleguista, Partido Obrero de Unificación Marxista, Ateneo Libertario, Socorro
Rojo Internacional, Partido Socialista Unificado de Cataluña, Unión de
Rabassaíres, Acción Catalana Republicana, Partido Catalanista Republicano,
Unión Democrática de Cataluña, Estat Catalá, todas las Logias masónicas y
cualesquiera otras entidades, agrupaciones o partidos filiales o de análoga
significación a los expresados, previa declaración oficial de hallarse, como
los anteriormente relacionados, fuera de ley.
http://trabajocampo.milaulas.com/pluginfile.php/30/mod_resource/content/1/Ley%20de%20responsabilidades%20pol%C3%ADticas.pdf
El 27 de abril de
1939, tan solo 26 días después de acabar la guerra el Ayuntamiento de Alicante,
ordena:
Cementerios.
Confirma esta Alcaldía – Presidencia las instrucciones que ayer le comunicó el Sr. Teniente de Alcalde – Presidente de la Comisión de Cementerios para que sean suprimidos todos los signos masónicos y marxistas que figuren sobre sepulturas, cualquiera que sea su clase y condición de esa Necrópolis. De ello deberá U. darme cuenta en parte diario donde expresara nombres, enterramientos y signos. Haré a U. personalmente responsable de cualquier omisión.
¡Arriba España!
Alicante a 27 de abril de 1939. Año de la victoria.
EL ALCALDE
Señor Conserje del Cementerio Municipal.
La respuesta no se
hizo esperar, tan solo tres días después las ordenes habían sido cumplidas:
CEMENTERIO MUNICIPAL.
Relación de
sepulturas, en las que existían signos masónicos y marxistas y que han quedado
suprimidas por orden de la Alcaldía con expresión del nombre del cadáver que la
ocupa.
Alicante 30 de abril
de 1939, año de la Victoria.
El Conserje
Santonja
Conociendo la
disposición de las sepulturas, decidimos comprobar si quedaba algún rastro de esas sepulturas. Empezamos tal y como se
mencionan en el documento por el cuadro 9.
En la parte superior de la lapida se puede apreciar los restos de una escuadra y compás con una estrella. (2)
No localizamos las sepulturas de Francisco Alarcón, Rafael Rogel, Noel Ramos y Juan Braceli Peidro, en dichas sepulturas estaban enterradas otras personas.
Se localizo la de José Dorado Martín, aunque nada se encontró en ella, ya que aunque se encuentran sus restos en ella ha sido utilizada posteriormente con otros familiares.
También se localizo la sepultura de Rafael Sierra Bernabeu (3), que resulto ser la de un concejal socialista, tal y como reza en su epitafio, resultando muy curioso que que perviviera en el tiempo.
En un principio, aparte de la palabra socialista, nada llamo nuestra atención, pero al mirar más detenidamente nos pareció ver los restos de una estrella (4) bajo la cruz y esta, más toscamente grabada que el resto de elementos.
También se localizo la de Rafael Pastor Mingot, aunque no distinguimos nada en la lápida y aparece como 5 - 22 y no como en el documento que aparece como 5 -24.
Se visito el nicho y los sepulcros de los cuadros 11 y 4, no apareciendo en las sepulturas señaladas nigún nombre de los mencionados.
NOTAS:
(1) No
hemos localizado esa ley, citada por numerosos autores, pero si una publicada el viernes 16 de de octubre de 1936,
en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 125.
Don Ángel Dolla Lahoz, Comandante General de Canarias.
ORDENO
Y MANDO
Articulo
1.- Quedan declaradas fuera de la ley la Masonería y las demás asociaciones de
naturaleza secreta. Cualquier actividad referente a las mismas, con
posterioridad a este Bando, se considerarán como delito de rebelión.
Articulo
2.- La recaudación y abono de cuotas por los interesados a su mandatarios a
favor de las asociaciones secretas serán consideradas como delito de auxilio
para cometer la rebelión, independiente de la multa de cinco mil pesetas que se
le pueda imponer en vía gubernativa.
Artículo
3.- Todos los documentos de identidad, acreditativos, de recaudación de cuotas,
correspondencia, emblemas, etc., etc., deberán ser destruidos por sus
poseedores en el plazo de tres días a partir de la publicación de este Bando,
en la inteligencia de que una vez transcurrido dicho plazo, el encontrarse los
mismos bien en la persona o en cualquier domicilio, será constitutivo de un
delito de desobediencia grave, sancionado además gubernativamente con multa
hasta la cantidad de 10.000 pesetas.
Artículo
4.- Las obras de propaganda referente a las aludidas asociaciones se consideran
incluidas en el artículo séptimo del Bando del 3 de septiembre pasado, debiendo
por tanto ser destruidas por sus poseedores en el plazo de tres días que en el
mismo se fija.
Artículo
5.- Los inmuebles propiedad de las aludidas asociaciones serán ocupados por los
agentes de mi autoridad y destinados a los servicios que se fijen; los
alquilados serán desalojados en igual forma y puestos a disposición de sus
dueños respectivos.Santa Cruz de Tenerife, 15 de octubre de 1936.
Ángel Dolla.
(2) LA ESCUADRA. (Implica
trabajo). Es uno de los Símbolos más importante y más significativos de
los Masones. Fue una de las principales herramientas de los
Constructores, Escultores y Artesanos de la antigüedad y a la primera
impresión, la obvia, significa rectitud. Pero como dijimos anteriormente, el
símbolo dice más que lo que ven nuestros ojos. Es la parte espiritual que
los iniciados, con su constante estudio y trabajo, fácilmente la extrapolan al
concepto ético y moral del comportamiento del Hombre. Más aún, la internalizan
en su mente. Allí entonces verán además, rectitud, respeto de las leyes y las
reglas, lección de moralidad, de la verdad, de la honradez. Y, suspendida del
collar del V.M. de la Logia, se entenderá que el solo cumplirá con los
Estatutos de la Orden. Y con el tiempo dirán de ti: El es Masón, en lenguaje
corriente significa: él es recto, es derecho, es de trato limpio, es persona de
confiar, es de buena fe, tiene honradez en sus compromisos es solidario, es
justo.
EL COMPAS. (Implica
trabajo). Significa la Universalidad, también mencionada en los Principios, es
el centro del conocimiento donde hay que caminar. Da las proporciones justas al
Arquitecto para asegurarle belleza y estabilidad en su trabajo. Esta
estabilidad en la M.·. Especulativa, es lo que da una uniformidad de la
rectitud y de la conducta del iniciado, que le conferirá felicidad hoy y en el
futuro. Es el signo más prominente de la virtud ya que nos indica, nos ilumina el
límite donde contener nuestras pasiones o vicios.
Podemos concluir entonces que la Escuadra es el Símbolo de lo
material y el Compás lo es de la Espiritualidad, es decir, el instrumento del
G.A.D.U.
Finalmente, si la Escuadra está ubicada sobre el Compás
(Símbolo con que se presenta la Orden en el mundo profano), nos indica un
dominio de la Materia. Si ellos se entrelazan, nos indica equilibrio entre las
fuerzas de la Materia y de la Espiritualidad. Si el Compás se superpone a la
Escuadra, es que domina la Espiritualidad.
ESTRELLA FLAMÍGERA. Es uno de los Ornamentos
de la Logia, junto al Pavimento de Mosaicos y el Borde Dentado, y simboliza a
la estrella que guió a los tres Reyes Magos de Oriente en la noche de Navidad y
al Sol central oculto. Con la Letra G en su centro representa la morada del
Gran Geómetra del Universo, de la cual pende la Plomada Celestial que sirve
como Eje en torno al cual rota la Creación entera, y, debido a su
identificación con la Estrella Polar, ocupa un lugar central en la bóveda de la
Logia.
Figurada entre la Escuadra y el Compás, la Estrella
Flamígera es un símbolo del Hombre, ya que es una estrella de 5 puntas y 5 es
el número del “microcosmo”, además de identificarse cada una de sus puntas con
la cabeza, los brazos y las piernas. También es el símbolo del “Masón iniciado,
resplandeciente de Luz en medio de las tinieblas del mundo profano” y un
emblema de la perfecta Maestría, ya que un Maestro Masón “se encuentra siempre
entre la Escuadra y el Compás”, es decir, entre la Tierra y el Cielo, cuyas
respectivas potencias reúne en su propia naturaleza, convirtiéndose en un
“mediador” entre ellos. El Maestro Masón, entonces, se asimila al “Hombre Primordial”
y al “Hombre Verdadero” de la tradición extremo oriental, y representa el
acabamiento de los “Misterios Menores”, propios de las iniciaciones de oficio
como la Masonería (aunque con una apertura a los “Misterios Mayores” en algunos
de los llamados “Altos Grados”).
(3) SIERRA BERNABEU, Rafael
Concejal por Alicante
Alicante [1856 o 1857] – Alicante I. 1935
Zapatero. Presidente de la Unión de Zapateros de
Alicante desde principios de siglo hasta 1922. Ingresó en la AS de dicha
localidad en 1901 procedente de las filas republicanas. Representó a los
dependientes de despachos y almacén y a los zapateros de Alicante en el VIII
Congreso de la UGT celebrado en 1905. En 1901, 1904 y 1911 presidía el Centro
de Sociedades Obreras y pertenecía a la Junta Local de Reformas Socales y a la
Junta Provincial del Censo Electoral. Presidió la Comisión Gestora que
constituyó la Casa del Pueblo de Alicante. Fue redactor de El Mundo Obrero y
colaborador de El Luchador. Vicepresidente de la Federación Socialista de Levante
en enero de 1930 y presidente de la AS de Alicante en marzo de 1931. Fue
elegido concejal del ayuntamiento de Alicante en las elecciones municipales de
1931, siendo suspendido en su cargo en 1934, puesto que no pudo recuperar en
febrero de 1936 pues había fallecido atropellado por un tranvía. Fue inhumado
en el Cementerio Municipal de Alicante el 24 de enero de 1935. Fuentes: AM/Alicante;
A. SABORIT. Recuerdos… ES 8.VIII.1957; Dirigentes de UGT (FPI); Diccionari
biogràfic..., p. 1.310; Diccionario biográfico de políticos valencianos..., p.
519.
(4) Representa a la vez los cinco dedos de la mano del proletario y los cinco continentes, lo que se relaciona con
el internacionalismo del lema marxista: ¡Proletarios de todos los países,
uníos!. Citándose menos frecuentemente, se relaciona las puntas con los cinco grupos sociales que posibilitaron el tránsito al socialismo: la juventud, los militares, los obreros, los campesinos y los intelectuales. Semánticamente
denota Humanismo tanto por el número de sus Segmento (cinco dedos, cinco sentidos) como por
su color (sangre, vitalidad).
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ResponderEliminarHola Manuel José, soy descendiente de uno de los citados en tu interesantísimo artículo. Juan Bautista Braceli Peidró y me gustaría averiguar más cosas sobre él y sus razones para ser miembro masón. Si era alguien importante en la organización. Mi correo es yolandai9@hotmail.com. Te estaría muy agradecida si pudieras aportarme algún dato más.
ResponderEliminarEstimada Yolanda: le paso los principales datos sobre Braceli Peidró, a quien cito en mi tesis doctoral, en estos momentos en proceso de publicación por parte del Ayuntamiento de Alicante:
EliminarJuan Bautista Braceli Peidró, nacido el 29 de mayo de 1858 en Elche. Tapicero del ferrocarril Alicante-Murcia, fue iniciado en la logia Constante Alona nº 3 de Alicante el 31 de julio de 1893, adoptando el nombre simbólico de Martín Zurbano. Fue miembro de esta logia hasta su fallecimiento en noviembre de 1928, con la excepción del peridoo 1909-1913 en que el taller no estuvo operativo, por lo que fue masón durante más de 30 años. En 1918 fue consagrado al grado 4º, pasando en ese momento a ser también miembro del capítulo Lucentino nº 1 de Alicane. Ocupó varios cargos en la logia en todo este periodo, como porta estandarte, guarda templo, maestro de ceremonias y miembro de varias comisiones. A pesar de haber fallecido, varios años antes, el Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo le incoó el sumario 965/1942, que resultó con una condena en rebeldía a 16 años de Reclusión y las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua en la vista celebrada en Madrid el 26 de marzo de 1943. En 1954 el Tribunal sobreseyó definitivamente el sumario al tener constancia de su fallecimiento.
Un cordial saludo.
Vicent Sampedro Ramo.
Cualquier aclaración que necesite, puede plantearmela en el correo vicente.sampedro@uv.es
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